Por cuanto, no ha habido oposición, este Juzgado de los Municipios Turèn y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes, para asegurarle al ciudadano ADOLFO ANTONIO ARANGUREN ARANGUREN, el derecho propiedad sobre la Bienhechuria consistente en un rancho y se le otorga Titulo Supletorio sobre la Bienhechuria ante descrita, quedando a salvo los derechos de terceros. dicho solicitante presento: copia fotostática de las Cédula de Identidad del solicitante, constancia de Ocupación del Consejo Comunal "EL CENTRO", La Misión Parroquia Canelones, Turèn Estado Portuguesa, Certificado de Empadronamiento de Terreno Ejido Municipal con fin Habitacional, Cédula Catastral, plano de mensura, expedida de la Dirección de Catastro de la Alcaldía B.....