DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRESCRITA la acción de Resolución de contrato de Promesa compra-venta, seguida por los ciudadanos ARSENIO CAETANO ROSARIO, RAFAEL MINAYA MUÑOZ y RAMON A. SURIEL FERNANDEZ, de nacionalidad estadounidense el primero y dominicana los últimos, mayores de edad, con pasaporte Nº 048111224, 3231064 y 4077138 respectivamente, representado judicialmente por los abogados en libre ejercicio, ciudadanos ELVIS A. ROSALES N.,y NELSON MARIN PEREZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. 8.054.034 y 8.052.037 respectivamente, e inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros 20.745 y 31.786 respectivamente, contra el ciudadano ALEX NARLESKI OLACHEA ALVARADO, venezolano, mayor de edad, de este.....