Vista la manifestación expresa de la abogada Frahemina Martínez Navas, de cuyo contenido se desprende la voluntad de desistir de la acción y del procedimiento interpuesta por la parte actora en la presente causa, a favor del co-demandado MATEO JESÚS YEPEZ SERENO, una vez constatada la existencia en autos del respectivo poder apud acta inserto al folio 32 del presente expediente, en fecha 12-11-2013, otorgado por el ciudadano Henrry de Jesús Velásquez, a la mencionada abogada y por cuanto le fueron conferidas facultades expresas para contestar demandas o pretensiones, darse por citada, convenir, desistir, transigir, sustituir el presente mandato en abogado o abogados de su confianza, asistir a audiencias, promover y evacuar toda clase de pruebas, presentar cualquier recurso legal a que hubiere lugar, en definitiva hacer todo en cuanto a derecho se requiera hasta sentencia definitiva y firma en defensa y para sostener los derechos señalados en el juicio, este Juzgado Segundo del Munici.....