En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PÀEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el Desistimiento efectuado por la actora, se da por terminado el presente juicio y, se ordena el archivo del presente expediente, devuélvanse los originales de dichos documentos y déjense en su lugar copia fotostáticas certificadas por Secretaria.
La Juez Suplente Especial,
Abog. TAMARI GUTIERREZ OCANDO
La Secretaria,
Abog. Melania Escalona
Seguidam.....