Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos Andrés Rafael Estrada Sánchez y Yatzenia Magdalena Rangel Arteaga, en esta misma fecha, sobre el establecimiento de OBLIGACION ALIMENTARIA en beneficio de la niña Valeria Estefanía Estrada Sánchez, de seis (06) meses de edad, por la cantidad de Sesenta Mil Bolívares (Bs 60.000,oo) mensuales, y en el mes de diciembre el padre se obliga a cancelar el valor de los calzados, vestuario, honorarios médicos y medicinas cuando la niña lo amerite; por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del adolescente, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes. Asimismo se acuerda la apertura de una cuenta de ahorro.
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.
Exp. Civil Nº 4759
Natali G.-