Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN del ciudadano: HONORIO JOSÉ SULBARAN YÉPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.960.072, de este domicilio, inscrita por ante la el Registro Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa durante el año 2.008, inserta en fecha 17-03-2.008, bajo el Nº 153, folio 161 frente, Tomo 1, de los libros de Registro de Defunciones
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN antes descrita, en lo que respecta al estado civil del difunto y el primer nombre de la hija del difunto, quien es cónyuge de la solicitante, los cuales se asentaron erróneamente como "SOLTERO Y OS.....