Por todo los razonamientos antes expuesto este Tribuna de Primera Instancia Penal en funciones de Control, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA Y EXTINSIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad con los artículos 318 ordinal 3°, 45 y 48 ordinal 7° todos del código orgánico procesal penal, a favor de el ciudadano JHONNY JOSÉ VARGAS PARTIDAS venezolano, de 32 años de edad, FN. 27-05-72, soltero, obrero, natural de Arodita, Estado Cojedes titular de la cedula de identidad N° V-10.988.844 domiciliado en el callejón Canaima, casa N° 38, Barrio Miraflores Acarigua. Las condiciones impuestas fueron conforme al artículo 39 ordinales 5°, 6°, y 8° del código orgánico procesal penal de 1998. SE DECRETA ORDEN DE APREHENSIÓN para el imputado JHONNY JOSÉ VARGAS PARTIDAS venezolano, de 32 años de edad, FN. 27-05-72, soltero, obrero, natural de Arodita, Estado Cojedes titular de la cedula de identidad N° V-10.988.844 domi.....