Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, declara CON LUGAR la acción de Rectificación de Partida de Nacimiento solicitada por la ciudadana: NORMA MARINA BRACHO DE LISCANO, inscrita por ante la Prefectura Civil del Municipio Páez, Estado Portuguesa, bajo el N° 1453. Año: 1959, en consecuencia, se ordena la corrección de la referida Partida de Nacimiento, en el sentido que donde dice: GLORIA MARINA, debe decir: NORMA MARINA.