DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos y sus fundamentos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección Del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio y, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos BONIFACIO ANTONIO TIMAURE BLANCO y ROSA ANGELINA REINOSO MARÍN; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.725.357 y 16.647.755, respectivamente; en virtud del matrimonio civil contraído en fecha 22 de Enero de 1998 por ante la Oficina Parroquial de Quebrada de la Virgen, Municipio Guanare del Estado Portuguesa. Y Así se Declara.
En consecuencia, y por efectos de la entrada en vigencia de la normativa sustantiva de la Ley de Reforma Par.....