PRIMERO: El padre compartirá con su hija los fines de semana cada quince (15) días, siendo viernes, sábado y domingo desde las 9:00 a.m. hasta las 05:00 p.m., buscándola y retornándola en la residencia materna. SEGUNDO: En relación a las temporadas de carnaval y semana santa del año próximo, carnaval con el padre, y semana santa con la madre, intercambiándose los años sucesivos. TERCERO: El día del padre, y el cumpleaños de éste, la niña compartirá con el progenitor, el día de la madre y el cumpleaños de ésta con la progenitora, y en relación al cumpleaños de la infante será compartido entre ambos progenitores. CUARTO: Lo relacionado a los feriados decembrinos del presente año, el veinticuatro (24) de diciembre, la niña la pasarán con el padre, y el treinta y uno (31) de Diciembre, la niña pasará con la madre, intercambiándose los años sucesivos. QUINTO: Los progenitores deben garantizar la integridad personal de la niña, en el caso de no exponerla a situaciones de riesgo, ni que pre.....