DISPOSITIVA
Por los fundamentos ya expresados, este Tribunal de Control N° 3, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
Desestima totalmente la acusación presentada por la Abogado Icardi Somaza Peñuela, actuando con el carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público del Primer Circuito, contra el ciudadano Morón Valladares José Alejo, venezolano, mayor de edad, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 43 años de edad, nacido en fecha 27-07-1962, casado, albañil, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.068.006, y domiciliado en el Barrio Cuatricentenario, calle 02, casa N° 02-63, Guanare Estado Portuguesa, por el delito de Lesiones intencionales graves, previsto y sancionado en el 415 del Código Penal vigente, en perjuicio del niño Ubencio Antonio Colmenarez, y decreta el sobreseimiento forma.....