este Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: REVOCAR la Medida Provisional dictada por este Tribunal en fecha 25 de abril de 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 405 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: DICTAR MEDIDA PROVISIONAL DE REINSERCIÓN FAMILIAR, de la adolescente: Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de 14 años de edad, con su madre biológica, ciudadana: MARISELA ZAMBRANO GARCIA, identificada en autos, mientras se desarrolla el presente juicio, en virtud de ser favorable a su interés superior, por poseer la referida ciudadana suficientes garantías para ofrecer a la adolescente en el seno de su hogar, un ambiente de afecto, seguridad, solidaridad, esfuerzo c.....