este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA solicitado por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público a favor de: ROSA ELENA MENDEZ COLMENAREZ, de nacionalidad venezolana, natural de Araure, de 26 años de edad, estado civil soltera, profesión Oficio Peluquera, fecha de nacimiento 07-05-73, residenciada en el Callejón Uno con Avenida Diez, sector La Lagunita Villa Araure Estado Portuguesa, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVISIMA, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal vigente para el momento de la comisión del hecho en perjuicio de ENEIDA BELEN CORDERO VIRGUEZ, por no haber transcurrido el lapso que establece el artículo 108 ordinal 3° del Código Penal, en consecuencia remítase a la Fiscalía Superior del.....