Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado SILBERTO JOSE TREMARIA, actuando en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en contra de la decisión dictada en fecha 12-11-2004 por el Tribunal N° 4 de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, mediante la cual condeno al ciudadano GAMEZ JOSE IGNACIO, a cumplir la pena de Un (1) año y diez (10) meses de prisión, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, cometido en perjuicio de PEDRO EMILIO FERNÁNDEZ, confirmándose dicha decisión.
Publíquese, notifíquese, diarícese y remíta.....