DECISION
Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INDAMISIBLE la demanda incoada por la abogada SANDRA CARINA MARTINEZ SUAREZ, venezolana, mayor de edad, abogada, titular de cédula de identidad número V-13.703.447, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 102.125, de este domicilio, actuando en su propio nombre y representación, contra el ciudadano LUIS ALBERTO MONTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.841.589, domiciliado Urbanización La Guajira, vereda 46, 5 etapa, casa número 7, de la ciudad de Acarigua, municipio Páez estado Portuguesa.
No hay condenatorias es costas dada la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dado, firmado, sellado y refrendado .....