este Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRMERO: Decreta la aprehensión en flagrancia de los ciudadanos: JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua, de 39 años de edad, fecha de nacimiento 13-10-1986, estado civil soltero, de profesión u oficio indefinida, residenciado Avenida Las Lagrimas con Avenida Libertador casa número 1-41 Acarigua Estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad V-10.136.892 y ARGENIS MANUEL SÁNCHEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Acarigua, de 42 años de edad, fecha de nacimiento 12-02-1954, estado civil soltero, de profesión u oficio indefinida, residenciado Urbanización La Goajira II, vereda 36 casa numero 19, Acarigua Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad V-9.566.749, al imputarle la comisión del delito de HURTO SIMPLE