Con base en los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la INADMISIBILIDAD de las MEDIDAS CAUTELARES INNOMINADAS de alejamiento y abstención de administración y gerencia de los recursos de la empresa AGRONUEVA SANTA ANA C.A., solicitada en fecha 25 de junio de 2024 por los ciudadanos JOSÉ ISMAEL NEIRA BAQUEROS, PABLO JACINTO ROMERO ÁLVAREZ, titulares de las Cédulas Identidad Nros. 13.585.142, 7.549.760, en ese mismo orden, en su condición de DIRECTOR DE TESORERÍA y DIRECTOR DE OPERACIONES, respectivamente y los socios MARGELYS COROMOTO MORLOY SUÁREZ, JOSÉ DOMINGO BLANCO RIVERO, LUIS ALFREDO LÓPEZ MÉNDEZ, MARÍA VICENTA LÓPEZ CORDERO y AGUSTINO ENRIQUE DE FURIA ASUAJE, titulares de las cédulas identidad Nros. 16.966.303, 1.127.150, 7.163.882, 4.609.774 y.....