Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos, PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados: JUAN JAVIER CONDE y JENNER AMILCAR NUÑEZ, en su carácter de Apoderados Judiciales de la ciudadana ROSALIA GAGLIARCO CIPOLLINA (Víctima). SEGUNDO: Declara la nulidad de la decisión dictada en fecha 21 de junio del 2005, por el Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, mediante la cual acuerda la entrega del vehículo, marca Chevrolet, modelo Chevette, año 1984, color rojo, clase automóvil, carrocería 5C11JGV207787, serial motor BEV20778, al ciudadano LUIS ARMANDO GONCALVES GUANCHES, así como de los actos procesales de carácter Jurisdiccional que le preceden. TERCERO: Retrotrae el proceso hasta el .....