DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el cese de la medida cautelar sustitutiva impuesta al ciudadano JOSÉ GERMAN OCHOA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.517.435, fecha de nacimiento 18/07/1975, de 38 años de edad, soltero, profesión u oficio Técnico de Líneas de Transmisión de Alta Tensión, residenciado en la Urbanización 4 de Febrero, Calle 11, Casa N° 13, Ciudad Bolívar, verificado el cumplimiento de la misma, todo de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Se ordena a la Secretaria estampar la nota correspondiente en el libro de presentaciones.