DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado CESAR FELIPE RIVERO, en su condición de Defensor Privado, actuando en representación del imputado MAMBEL ARÍSTIDES JOSE ALFREDO; y SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 20 de Abril de 2017, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 01, del segundo Circuito Judicial Penal, con sede en Acarigua, mediante la cual se DECRETA la Medida Privativa de Libertad de los imputados, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto sancionado en el articulo 453 ordinales 3º y 9º del Código Penal, y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el a.....