En fuerza de las motivaciones que anteceden este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la libertad del ciudadano Aponte Pedro José, titular de la cédula de identidad N° 9.268.169, de nacionalidad venezolano, fecha de nacimiento 19-12-1964, de 47 años de edad, de estado civil soltero, obrero, natural de Barinas estado Barinas, residenciado en e1 Barrio la Colina, escalera Francisco de Miranda, casa N° 205, los Teques estado Miranda, teléfono 0416-5369286, líbrese boleta de libertad, remítanse las presentes actuaciones signadas con el Nº 1C-8247-12, a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal.
Diarícese, regístrese y certifíquese.
Jueza de Control Nº 1
Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli
La Secretaria,
Abg. Victoria Villamizar