este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano: AZUAJE DIAZ ANDERSON DANIEL, Venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, de 18 años de edad, soltero, de profesión u Oficio Estudiante, titular de la cédula de identidad Nº V-17.362.856, Residenciado en la Urbanización El Bosque, calle dos, avenida dos, casa Nº 39 Villa Araure Estado Portuguesa, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 419 del Código Penal vigente para el momento de la comisión del hecho en perjuicio de MARÍA ISABEL MENDOZA PÉREZ, por PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, todo de conformidad con el artículo 108 ordinal 6° eiusdem en concordancia con los artículos 48 numeral 8° y 318 numeral 3° .