Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos ROIBERTH JOSE MORENO HERNANDEZ y DARAIS MARIA SILVA VALLADARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nos: 16.208.684 y 19.338.627 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño, Adolescente y Familia, sobre el FIJACION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, en beneficio de la niña JENDIMAR ADRIANA MORENO, de 3 años de edad, la cual ha sido fijada por la cantidad de Bs. 200,oo) mensuales, los cuales cancelara mediante depósitos en una cuenta de ahorro que el Tribunal le asigne a la niña; además se obliga el padre a cancelar los gastos de vestuario, calzado y juguetes en el mes de diciembre. Tambien ambos padres estan obligados en forma proporcional a cubrir los gastos de medicinas, atención medica, recreación y otros que necesite su hija; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña, el Tribunal le imparte .....