Por todas las razones de hecho y de derecho, éste Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de aumento de Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana, DIO ENEIDA JOSEFINA RIVERO, titular de la cédula de identidad Nº 3.875.769, anteriormente identificada en autos, asistida de la abogado GERTRUDIS ELENA ALCOBA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 61.108, en su carácter de Defensora Pública para el Sistema de Protección del Niño y del adolescente y; en representación de su hijo STEVEN ANTONIO BENITEZ RIVERO d dieciséis (16) años de edad y; en contra del padre de éste ciudadano GUSTAVO JESUS BENITEZ BENITEZ, titular de la cédula de identidad Nº 3.535.615, igualmente identificado en autos.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.-
Dada, sellada y firmada en la Sala de Juicio Nº02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, en Acarigua, a los CATORCE (14) días del mes de Junio de dos m.....