DISPOSITIVA
Con fundamente en lo expuesto este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA la devolución del vehículo, Clase: Rustico, Marca: Jeep, Uso: particular, Modelo: CJ-7, Año: 1977, Color: amarillo, Serial de motor K1107B47, Serial de Carrocería 06717, Placa: S/P, al ciudadano Alberto Encarnación Ibarra Leo, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.058.828, domiciliado en el Barro 19 de Abril, sector 2, calle 7, Guanare del estado Portuguesa, debidamente asistido por el abogado Gabriel Kassen Machado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 129.392, en calidad de depositario, con la obligación de presentar el bien cada vez que le sea requerido por el Tribunal o el Ministerio Público, debién.....