DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal de Control Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA DE PROTECCION EXTRAPROCESO, a favor de la niña SE OMITE POR RAZON DE LEY, quien figura como víctima Directa en la investigación penal seguida por ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del Segundo Circuito del Estado Portuguesa bajo el Nº18F5-2C-408-11, consistente en: PATRULLAJE POLICIAL, para la niña SE OMITE POR RAZON DE LEY en su sitio de estudio ubicado en: U.E.N Hermanas Peraza, sector Campo Lindo, Acarigua, Estado Portuguesa, en horario comprendido de lunes a Jueves, a partir de las 04:00 horas de la tarde, hora de salida del plantel, con funcionarios adscritos a la Comisaría General José Antonio Páez, Municipio Páez del Estado Portuguesa
Todo de conformidad con lo establecido en.....