Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano:
CARLOS JESUS RIVERO MATHEUS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.055.118, domiciliado en Guanare Estado Portuguesa, en el Libro de Registro de Nacimientos del año 1.959, Tomo 1, bajo el Nº 705, folios 365 Vto. al 366 Fte.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ORDENA LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO antes descrita, en lo que respecta al nombre del padre del solicitante, el cual se asentó erróneamente como "AMADO", siendo lo correcto "AMANDO", y así debe aparecer escrito.
De conformidad con los Artículos 503 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, remítas.....