Por todos los fundamentos ampliamente expresados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, administrando Justicia en su nombre, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Declara la DETENCION del adolescente SE OMITE POR RAZONES DE LEY Segundo: Acuerda continuar las averiguaciones bajo los parámetros del procedimiento ordinario. Tercero: Acoge la pre-calificación Fiscal de los hechos como CONTRA LAS PERSONAS Y CONTRA LA PROPIEDAD, PRECALIFICÁNDOSE EL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto en el artículo 406 numeral 1 y 80 segundo aparte del código penal, en perjuicio de la ciudadana YENNIFER KARINA MEJIAS ROJAS y el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA, establecido en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2, 3, 5 y 1.....