Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se acuerda la entrega del vehículo: CLASE: AUTOMOVIL, TIPO; SEDAN; MODELO: MALIBU; MARCA: CHEVROLET. AÑO: 1982, PLACA: ACZ36B. SERIAL DE CARROCERÍA: 1W69ACV104621. COLOR: AZUL. USO: PARTICULAR. Al ciudadano ELIAZAR GEREMIA PÉREZ PALENCIA el cual quedará obligado a presentarlo por ante la Fiscalia Primera del Ministerio Público de este Segundo Circuito Judicial Penal de Acarigua del Estado Portuguesa y por ante este Tribunal cada vez que sea requerido, no pudiendo, en consecuencia el mencionado ciudadano, enajenarlo, gravarlo, ni realizar ningún tipo de transacción comercial con el mismo, conforme a lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al solicitante, abogados asistentes y a la F.....