Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle al ciudadano JAIRO SOLANO AMAYA, ya identificado, el Derecho de Propiedad y Posesión de unas Bienhechurias construidas sobre una parcela de su propiedad según consta en titulo de propiedad, debidamente registrado por ante la oficina del Registro Publico de Guanare Estado Portuguesa, bajo el numero 18, folios del 69 al 71, protocolo 1, tomo 13, trimestre 4to, año 2009, dentro de un área de Doscientos veinticuatro Metros Cuadrados con Cuarenta Centímetros (224,40 Mts2), consistente en: Una cerca perimetral de estantillos y alambre de púa, una (1) casa de habitación familiar, consistente .....