DECLARA de conformidad con lo establecido en los Artículos 517 y 177 parágrafo segundo literal "j" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estas diligencias suficientes para asegurarles a la niña xxxxxxxxxxxx, de tres (03) años de edad, el derecho de propiedad y posesión sobre unas bienhechurías construidas sobre una parcela de terreno, con un área total de construcción de 36.96 mts2 y un área de terreno 213. 53 mts, ubicada en el Barrio Buenos Aires, calle Don Fabián, sector Campo Lindo, de esta ciudad de Guanare del estado Portuguesa y enmarcada bajo los siguientes linderos: NORTE: Quebrada Las Piedras; SUR: Vivienda de Ángel Sánchez con 9.00 + 9.80 mts; ESTE: Calle Campo Lindo con 14.80 mts; y OESTE: Quebrada las Piedras con 10.30 mts; dichas bienhechurías consisten en una pieza de bloque, dividida en dos (cuarto y una cocina) y un baño constituido por poceta y regadera, cuyo costo de la inversión es por la cantidad de DOCE MIL BOLÍVARES (Bs. 12.000,00.....