DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Sin lugar, el recurso de apelación interpuesto,en fecha 30 de junio de 2016, por la abogada YARITZA RIVAS, en su carácter de Defensora Pública delos imputadosEDUAR ALEXANDER AZUAJE LARA y YOANT ANTONIO OROZCO RESTREPO, en contra del auto dictado en fecha 13 de marzo de 2018, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Nº 03, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, con sede en Guanare, en ocasión de la celebración de la audiencia de presentación, por aprehensión en flagrancia, en la cual se le impuso, a los imputados de autos, Medida Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Robo Agravad.....