Por los fundamentos antes expuestos, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Jurisprudencial, propuesta por la ciudadana EYRA YOLANDA UTRIZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-14.865.418, residenciada en la Barrio Villa de Cion, Calle Principal, casa sin número del Municipio Guanare estado Portuguesa, número de teléfono con aplicación WhatsApp 0412-1693946, con citación de su cónyuge ciudadano DOMINGO MEJÍAS BENÍTEZ, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-10.053.387, (residenciado en el Barrio Las Tablitas casa sin numero con número del Municipio Guanare estado Portuguesa, teléfono con aplicación WhatsApp 0414-5029628), .....