REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, que establece el ciudadano STALIN JOSÉ ALZURO en beneficio de sus hijos que llevan por nombres y apellidos (identificación omitida por disposición de la Ley), de ocho (08) y seis (06) años de edad respectivamente, la cual ha sido fijado de la siguiente manera: Los días entre semana que esté libre el padre, podrá ir a buscar a sus hijos, desde la 01:00 p.m., hasta las 06:00 p.m., de igual manera, los fines de semana libres los buscará los días viernes a partir de la 01:00 p.m., y los regresará los domingos a las 06:00 p.m., a casa de su madre, en ambos casos para compartir con ellos y la familia paterna. Y por cuanto dicho convenimiento no vulnera los derechos de los niños arriba identificados, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en Funciones de Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, en.....