Por los anteriores razonamientos este Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos decretada por el Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente, en fecha 03 de Febrero de 2.010, de los ciudadanos JOSE GREGORIO ROSALES ZAMBRANO y ROSA ISABEL OCANTO MONTILLA, suficientemente identificados en autos. En consecuencia, y de conformidad con el artículo 184 del Código Civil, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los referidos ciudadanos por ante la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Portuguesa, en fecha 15 de Febrero de 2.003, según consta de Acta Nro 06.
De acuerdo con lo convenido por las partes en la solicitud de Separación de Cuerpos, los niños ******** y *********, de Siete (07) y Cinco (05) años d.....