DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dictan los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara Inadmisible el Recurso de Apelación, con efecto suspensivo, anunciado, en fecha 17 de mayo de 2017, durante la celebración de la Audiencia Preliminar, conforme a lo establecido en el artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal, por la abogada Aidelina Omaña, en su carácter de Fiscal Interino Segundo del Ministerio Público del Segundo Circuito del estado Portuguesa, y formalizado, en fecha 22 de mayo de 2017, por las abogadas Marianny Rubiela Royero Soto y Aidelina Omaña, en sus carácter de Fiscal Provisorio e Interino, de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, con base en los numerales 4º y 5º del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decis.....