ASUNTO : PP01-V-2015-000443
Vista la diligencia presentada en fecha 21 de enero de 2.016, por la ciudadana Abg. YELITZA DE JESÚS GARCÍA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.402.736, inscrita en el IPSA Nº 143.083, actuando en representación de la ciudadana LEYDA DEL CARMEN MEJÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.011.637, mediante el cual manifiesta su voluntad de desistir del presente procedimiento con motivo de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación con competencia en Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su Homologación y declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con el contenido del artículo 263 del Código .....