DISPOSITIVA:
Por las consideraciones aquí expresadas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución No. 2 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara redimida la pena impuesta al penado Saul Antonio Parraga Briñez, de nacionalidad Venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.561.892, natural de Santa Bárbara del Zulia, Estado Zulia, nacido en fecha 26 de mayo de 1957, de estado civil soltero, de ocupación agricultor, residenciado en el Sector El Morralito, Parcelamiento Las Latas, casa s/n, Santa Bárbara, Estado Zulia, y actualmente recluido en el Centro Penitenciario de los llanos Occidentales de este estado, por el lapso de nueve (09) meses y veintiocho (28) días, la cual se rebajará de la pena que originalmente fuere impuesta. Todo de conformidad con los artículos 15 de la Ley de Régimen Penitenciario, 3 de la Ley de Redención Judicial de l.....