Este Tribunal analiza la solicitud cautelar presentada por la ciudadana ANARYORY DAYANA MATUTE, a fin de que no se vea interrumpida, en ruina, en desmejora, ni paralizada la actividad agrícola realizada en el terreno "El Retorno Ezequiel 1". Y en tal sentido observa de los documentos presentados la presunción del buen derecho de la parte demandante, al constarse la especial protección consagrada en el artículo 17 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario a su favor. Aunado a la producción en autos, de las diferentes diligencias probatorias en el juicio principal, como la evacuación de una inspección judicial en el predio denominado "El Retorno Ezequiel 1", supra determinado, realizada por este Tribunal en fecha diecisiete (17) de abril de 2024. Además, al periculum in mora, existente en el proceso judicial, que pudiere ocasionar daños o lesiones graves de difícil o imposible reparación, conllevan forzosamente a este Juzgador a considerar la necesidad de decretar la medida cautelar, a .....