Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA TOTAL, al ciudadano JOSE CHARLIE CHACON VILLARREAL, venezolano, natural de Guarenas Estado Miranda, de 23 años de edad, soltero, cocinero, residenciado en el Barrio Unión, Calle Principal, casa N° 18-8 Guanare Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-19.211.288, por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la Ciudadana Ajaque Alida Lulu.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y Archívese.
La Juez de Ejecución N° 2,
Abg. Narvy del Valle Abreu Moncada
La Secretaria,
Abg. Tania Rivero Pargas
Seguidamente se cumplió. Conste.
Stria.,.....