DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 105 del Código Penal, declara EXTINGUIDA la pena de OCHO AÑOS DE PRESIDIO que le impuso a GABRIEL EDUARDO VALDEZ GUDIÑO -quien en la oportunidad de rendir declaración indagatoria manifestó ser de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-V-11.397.419, natural de Biscucuy, Municipio Sucre, Estado Portuguesa, nacido en fecha 18 de Marzo de 1967, hijo de Bertevino Valdez y María Benedicta Gudiño, de estado civil soltero, de ocupación mesonero, residenciado en Boconoíto, Barrio Barrancones, Calle Principal, casa s/n, Estado Portuguesa-, el Juzgado Quinto de Reenvío en lo Penal del Área Metropolitana de Caracas, y por end.....