Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de INSERCIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN formulada por la ciudadana IRMA YAJAIRA DORANTE DURAN, en su condición de hija del ciudadano FRANCISCO DORANTE (Extinto), quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-890.326, de 76 años de edad, domiciliado en la Urbanización Raúl Leoni, casa Nº 2, avenida 2, Cruce Calle 1 Barinas, estado Barinas, quien nació en fecha 04-06-1924, y falleció el día 20-11-2000, en el Centro Médico Portuguesa C.A., de esta ciudad de Guanare, estado Portuguesa, quien era hijo de CLOVINCIA DORANTE, e igualmente se evidencia que el mismo estuvo casado con la ciudadana MARÍA DURAN. Asimismo quedó .....