este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE demanda por Ejecución de Hipoteca, incoada por la ciudadana, Yacqueline Quiñónez, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 119.431, en su carácter de apoderada judicial del BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., Sociedad Mercantil domiciliada en la ciudad de Caracas, Distrito Capital constituido originalmente por ante el Registro Mercantil del estado Zulia, en fecha trece (13) de junio de 1977, anotado bajo el Nº 01, Tomo 16-A, cuya transformación en Banco Universal consta de documento inscrito en la mencionada Oficina de Registro Mercantil, en fecha cuatro (04) de septiembre de 1997, anotado bajo el Nº 63, Tomo 70-A, el cual forma parte del expediente de la compa.....