PRIMERO: El padre compartirá con su hijo, los fines de semana cada quince (15) días, siendo este el sábado desde las 07:00 a.m. hasta las 11:00 a.m., y de igual forma el domingo, buscándolo en la residencia materna y retornándolo en el mismo lugar, y entre semanas, los días miércoles desde las 12:00 del mediodía hasta las 4:00 p.m. SEGUNDO: En relación a las temporadas vacacionales, en carnaval, referidos a lunes y martes de esa semana el niño la pasará con la madre, semana santa, el día jueves y viernes santos con el padre, siendo alternas las referidas temporadas los años sucesivos. En lo concerniente a los feriados decembrinos del presente año, el veinticuatro (24) del referido mes el niño la pasará con el padre, el treinta y uno (31) de diciembre con la madre, siendo alterno los años siguientes .TERCERO: El día del padre y el cumpleaños de éste, el progenitor compartirá con su hijo, en relación al día de la madre y el cumpleaños de ésta, el niño la pasará con la progenitora, al .....