DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara parcialmente con lugar la solicitud Fiscal e impone medidas cautelar al ciudadano WILLIANS JESÚS BASTIDAS, venezolano, de 42 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 9840729, natural de Pampan Estado Trujillo, fecha de nacimiento 20/08/1963, profesión u oficio secretario de Cooperativa, Juan José Landaeta (d) y Juan Ramona Reinoso (madre de crianza) (V) y domiciliado en Barrio San Francisco, callejón H, casa N° 557, Araure, cerca de la Escuela Básica Francisco de Miranda, consistente en la obligación de presentarse ante la sede de este tribunal cada 30 días, hasta tanto se verifique la audiencia preliminar.
Continúese la investigación por la vía ordinaria, a solicitud Fiscal.
Librese lo conducente.
Remít.....