En fuerza de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con competencia Transitoria en Protección del Niño, Niña y Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, declara Con Lugar la demanda de desalojo inmobiliario y cobro de pensiones arrendaticias, incoada por la ciudadana TEOFILA DE LAS MERCEDES ESTEVES DE OBERTO, contra la ciudadana SAIDA ULLOA MOTA, ambas identificadas.
En consecuencia, se condena a la parte demandada a la entrega material del mencionado local de comercio a la parte demandante, totalmente libre de personas y bienes; y a cancelarle la suma de Dos Mil Ciento Sesenta Bolívares (Bs. 2.160,oo), por concepto de cánones arrendaticios en la forma siguiente: A) La cantidad de Mil Ochenta Bolívares (Bs. 1.080,oo), que deberá retirar la actora del Tribunal Segundo del Municipio Guanare de este mismo Circuito Judicial, consignadas por la demandada en el Expediente Nº 1.....