ACUERDO:...................................
PRIMERO: El padre YAMIL MANUEL LEÓN TORRES, conviene en aumentar la obligación de manutención previamente establecida de 800,00 Bs. mensuales a TRES MIL BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 3.000,00), que serán pagados durante los primeros cinco días de cada mes.
SEGUNDO: En el mes de agosto, el padre conviene en aportar la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES, (Bs. 6.000,00), para cubrir los gastos de uniformes o útiles escolares que sus hijos requieran.
TERCERO: En el mes de diciembre el padre conviene en aportar la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES, (Bs. 6.000,00),, a los fines de cubrir gastos de ropa, calzado y presente navideño para sus hijos.
CUARTO: Las partes convienen en cubrir los gastos de colegio, medicinas, atención médica y especializada, recreación y demás gastos extraordinarios que requieran sus hijos, en un cincuenta por ciento (50%) cada uno de ellos.
QUINTO: La madre, ciudadana YASMIN ABREU TORRES se compromete en abrir con el diner.....