SE ADMITE, por cuanto la misma no es contraria al orden público, la moral o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, vista el acta de convenimiento, presentada por los solicitantes, los cuales han convenido de mutuo acuerdo establecer en beneficio de su hijo que lleva por nombres y apellidos Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de uno (01) años de edad, quedando establecido de la siguiente manera: PRIMERO: El ciudadano LEONIDES ALFREDO COLMENAREZ MEJÍAS compartirá con su hijo los fines de semana, lo pasará buscando de 07:00 a.m., a 07:30 a.m., a la residencia del niño, hasta las 05:00 p.m., y lo llevará a casa de su abuela paterna. SEGUNDO: También podrá llevarlo de paseo, al parque o a comer helado, entre otros. TERCERO: De igual forma, los domingos lo pasará buscando a partir de las 08:00 a.m., hasta la 01:00 P.M., y si no puede en la mañana lo pasara buscando en la tarde, de 01:00 p.m., y compartirá con él desde las 06:00 p.m., o 07:00 p.m. CUARTO: Amb.....