DECISION
En fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide de la siguiente manera: DECRETA LIBERTAD PLENA al ciudadano WILMER RAMON ROSALEZ HIDALGO, titular de la cédula de identidad N°16.644.209, venezolano, natural de Guanare, Estado Portuguesa, mayor de edad, soltero, de profesión u oficio vigilante y residenciado en el Barrio La Coromoto, calle principal, casa sin número, sector Villa Araure I, Araure, Estado Portuguesa, por no existir en las actas fundados elementos de convicción para estimar que el imputado es presunto autor del hecho punible que le atribuye la Fiscalía del Ministerio Público, tal y como lo exige el ordinal 2° del artículo 250 de Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, déjese copia y líbrese lo conducente.
Abg. Omar Fleitas Flores
Juez Terc.....