En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 3, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: PRIMERO: declara culpable al acusado: FIGUEREDO RODRÍGUEZ ANTONIO JOSÉ, venezolano, indocumentado, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 28 años de edad, profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio los Cortijos, sector la Invasión, calle 02, casa sin número, Estado Portuguesa y LO CONDENA, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 Ultimo aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, la cual deberá seguir cumpliendo en la Comandancia de General de la Policia del Estado Portuguesa y culminara aproximadamente en el mes de Mayo del año 2011, e.....